I1. Plantilla
Sistema Internet de la Presidencia
SIP.gob.mx
 
Imagen Institucional

I1. PLANTILLA

Este reactivo absorbe y concentra a los reactivos: Plantilla, Encabezado y Datos de contacto (implementados en 2008), agrupando en uno solo todos los criterios de cumplimiento para el apego del sitio a la imagen homologada. (I) (II)

Objetivo

Asegurar que el sitio utiliza la imagen del sector al que corresponde y se apega a las plantillas homologadas desarrolladas por el SIP.

Reactivo no obligatorio para instituciones exentas.

Forma de evaluación

Se realizará un muestreo sobre la página inicial y las páginas principales del sitio, verificando que aplican adecuadamente la plantilla homologada correspondiente, respetando el encabezado y pié de página, así como el apego de las páginas al diseño, color, tipografía, dimensiones y forma en los menús y zonas de información.

Criterio de acreditación

Comprobar que todas las páginas muestreadas cumplan el lineamiento.

Documentación

Manejo de banners
  • Solo se deberá colocar un máximo de 5 banners.
  • Para las dependencias que son cabeza de sector, la zona de banners es del lado derecho de la página, de acuerdo a la plantilla homologada por el SIP. Para las otras instituciones depende de la plantilla seleccionada.
  • La obligatoriedad de los banners varía dependiendo de los siguientes dos casos:
      Para cabezas de sector
    1. Los banners obligatorios son el de Presidencia, el del POT (Programa de Obligaciones de Transparencia) y el del noticiero México al día.
    2. Las otras 2 posiciones son para poner banners temporales, de acuerdo a las necesidades de la dependencia.
      Para las otras instituciones
    1. Los banners obligatorios son el de su cabeza de sector y el del POT (Programa de Obligaciones de Transparencia).
NOTA 1 Los enlaces al IFAI y el SISI son obligatorios, pero se pueden poner en el menú secundario como una liga de texto, o bien como un banner siempre y cuando no se excedan los 5 banners permitidos.

NOTA 2 El punto 28 de los "Lineamientos Específicos para la aplicación y seguimiento de las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal", solicita establecer una liga de acceso hacia el portal ciudadano en www.gob.mx.

Para el cumplimiento de ello, no es necesario que el enlace se haga a través de un banner, por lo cual podrá incluirse como una liga directa en los elementos de la sección de Enlaces, a menos que (de contar con el espacio) pueda ser colocado en la sección de banners, siempre y cuando no se excedan los 5 banners permitidos.

Descarga del Manual de Imagen para Sitios de Internet del Gobierno Federal.

Última actualización el Miércoles, 07 de Octubre de 2009 11:22
 
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